Tras recuperar el inmueble, el problema no es solo valorar los desperfectos: es saber qué importe corresponde a daños, qué gasto puede reclamarse y qué son costas procesales. Mezclar conceptos o sumar facturas sin respaldo puede debilitar la reclamación, provocar duplicidades o dejar fuera partidas relevantes, como la privación de uso, los suministros impagados o la reparación acreditada.
Tras una desokupación , calcule la reclamación separando daños materiales, privación de uso, suministros, gastos extrajudiciales y costas. Cada partida exige una fórmula, una prueba y una vía de reclamación distinta; documente el estado del inmueble, conserve facturas y presupuestos, evite duplicidades y adapte el cálculo si reclama como particular, comunidad o sociedad propietaria.
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Separa daños, gastos y costas al recuperar el piso
Clasifica cada euro en una de tres columnas y sabrás qué puedes pedir.
Un daño material es una puerta rota, una instalación manipulada o un sanitario inutilizado. El daño emergente es el dinero que cuesta dejar ese elemento como estaba. El lucro cesante es el ingreso que se dejó de obtener, como un alquiler acreditado que no pudo cobrarse.
La regla útil es sencilla: cada partida necesita una causa, una cifra y un documento que las conecte con la ocupación. Una factura de pintura no basta si no muestra qué pared se dañó ni cómo estaba antes. Piensa en ello como una devolución en tienda: sin ticket y sin relación con el producto, es difícil que acepten el importe.
Distingue las tres clases de importe
Apunta como indemnización la reparación proporcionada, la limpieza extraordinaria, los suministros consumidos y el valor de uso perdido. Anota como gasto extrajudicial un cerrajero urgente o un perito, si fueron necesarios para recuperar, asegurar o acreditar el daño.
Reserva abogado y procurador en una columna aparte. Sus honorarios pueden entrar en una tasación de costas, pero no los fija el propietario. El criterio del vencimiento objetivo de la Ley de Enjuiciamiento Civil suele cargar las costas a quien pierde de forma sustancial, aunque hay excepciones por dudas serias de hecho o de derecho.
Evita cobrar dos veces el mismo daño
No sumes una renta dejada de cobrar y una compensación por privación de uso si cubren el mismo piso y los mismos días. Sería como pedir dos veces el precio de una misma reparación. El juzgado puede recortar esa duplicidad aunque ambos conceptos aparezcan con nombres distintos.
El daño moral no se presume por el mero hecho de que haya existido ocupación o desperfectos. Puede plantearse cuando concurren circunstancias acreditadas que exceden la pérdida económica ordinaria, por ejemplo, una afectación personal especialmente intensa, una alteración relevante de la vida familiar o consecuencias acreditables sobre la salud. No debe confundirse con la incomodidad inherente a no disponer de la vivienda ni utilizarse como un porcentaje automático de los daños materiales en vivienda. Para sostener esta partida hacen falta hechos concretos y pruebas coherentes, como informes médicos cuando procedan, comunicaciones, testigos o documentación que permita relacionar el perjuicio con la conducta reclamada.
Si no existe esa base probatoria, es más prudente centrar la reclamación en el daño emergente, el lucro cesante y la privación de uso demostrables.
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Calcula cada partida con una matriz verificable
Crea una tabla de cálculo y convierte una lista de daños en una reclamación auditable. Tardarás entre 30 y 60 minutos si ya tienes facturas, fotos y lecturas de contadores. Usa una línea por concepto, sin agrupar bajo frases vagas como “daños varios”.
La fórmula base es: reclamación estimada = reparación razonable + gastos necesarios + uso perdido probado + intereses legales aplicables. Después resta la depreciación, el valor residual y los importes ya cobrados de un seguro. No existe una tabla de indemnización por accidente de tráfico, calculadora UNESPA ni baremo automático aplicable a una ocupación.
Partida Fórmula Prueba principal Riesgo Reparación Factura menos depreciación Fotos, factura, peritaje Mejora superior al estado previo Privación de uso Valor mensual comparable × tiempo Anuncios, tasación, contrato Duplicar una renta Suministros Facturas del periodo ocupado Contadores y recibos Consumo anterior no separado Cerrajero y limpieza Coste necesario acreditado Factura detallada Gasto ordinario Abogado y procurador Tasación judicial, si procede Minutas y resolución No hay condena en costas
Aplica depreciación a lo sustituido
Calcula la reparación razonable, no una renovación. Si una cerradura de ocho años se sustituye por otra similar, la factura puede ser una referencia sólida. Si se instala una puerta de alta gama donde había una básica y usada, el exceso parece una mejora y puede reducirse.
Valora el uso aunque no hubiera alquiler
Calcula la privación de uso con inmuebles comparables en misma zona, superficie, estado y destino. Guarda entre tres y cinco anuncios fechados o encarga una tasación pericial. Si la ocupación duró 45 días, divide el valor mensual razonable entre 30 y multiplícalo por 45.
Ruta de cálculo tras la recuperación
1. Estado inicial acta y fotos
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2. Partida causa y prueba
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3. Fórmula menos depreciación
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4. Vía daño o costas
La forma correcta de calcular una reclamación es documentar primero, valorar después y decidir al final qué vía corresponde a cada gasto. La vía rápida consiste en sumar facturas, pero falla si mezcla mejoras, consumos previos y honorarios sujetos a costas. Si falta una prueba esencial, conserva la partida como pendiente y no la conviertas en una cifra cerrada hasta obtener peritaje, comparables o justificantes.
Ejemplo de cálculo con importes
Imagina una vivienda recuperada tras 45 días de ocupación.
El propietario acredita 1.800 euros en facturas de reparación de una puerta, sanitarios y una instalación eléctrica manipulada.
260 euros de limpieza extraordinaria.
180 euros de cerrajero y cambio de cerradura.
145 euros de suministros impagados según las lecturas de contadores.
420 euros de alarma temporal y 650 euros de peritaje de daños .
Si los anuncios comparables y una valoración técnica sitúan la renta razonable en 900 euros mensuales, la privación de uso del inmueble asciende a 1.350 euros (900 ÷ 30 × 45). La suma inicial sería 4.805 euros. Si la puerta sustituida tenía un valor residual de 100 euros y el seguro ya abonó 500 euros por los desperfectos, la cuantía a reclamar se reduciría a 4.205 euros, sin añadir por esa vía las costas procesales.
Prueba daños, cuotas y uso antes de reclamar
Reúne la evidencia desde el acta de entrega o lanzamiento para sostener cada línea de la matriz. Dedica entre 10 y 20 minutos a cada estancia si el daño es visible. Graba un vídeo continuo desde la entrada, nombra la habitación y acerca la cámara a contadores, cerraduras, paredes e instalaciones.
La diligencia de lanzamiento, el acta de entrega voluntaria o una comunicación firmada fija la fecha de recuperación. Acompáñala con fotos fechadas, inventario previo, anuncios antiguos del inmueble y lecturas de agua, luz o gas. El Consejo General del Poder Judicial informa sobre la organización judicial, pero la valoración concreta la harán las partes y, si hay juicio, el órgano que conozca del asunto.
Ordena el expediente por partidas
Crea una carpeta por concepto: “puerta”, “luz”, “limpieza” o “uso”. Dentro mete foto anterior, foto posterior, factura, justificante bancario y una nota con fecha. Este orden evita que una factura correcta quede sin conexión con el daño concreto.
Decide si hace falta un perito
Pide informe técnico cuando existan humedades, manipulación eléctrica, fontanería, daños estructurales o discusión sobre el origen. El perito explica si el daño deriva de la ocupación y cuánto cuesta repararlo sin mejorar el inmueble. En daños simples, dos presupuestos detallados y buenas fotos pueden bastar.
Elige vía y valora el cobro real
La acción civil de reclamación de daños y perjuicios puede plantearse ante los Juzgados de Primera Instancia. Si hay allanamiento de morada o usurpación de inmueble, puede existir vía penal conforme al Código Penal; la responsabilidad civil puede acumularse cuando proceda, pero depende del caso procesal.
Revisa la identidad y solvencia del responsable antes de gastar en un pleito. Una sentencia favorable puede ejecutarse, pero no garantiza cobro si no hay bienes, ingresos embargables o domicilio conocido. Los plazos civiles dependen de la acción y del caso; como referencia general, muchas acciones personales se someten al plazo de cinco años del Código Civil, por lo que conviene no esperar.
⚠️ Este método no sustituye el análisis de un abogado si hay proceso penal abierto, varios responsables, seguro implicado, daños estructurales, contrato de alquiler discutido o dudas entre precarista, inquilino moroso y ocupante sin título. Tampoco asegura recuperar costas ni gastos extrajudiciales.
Conviene identificar antes quién reclama y qué plazo corresponde a la acción. El propietario puede pedir los daños de su vivienda y la privación de uso; la comunidad de propietarios puede reclamar los daños en elementos comunes, consumos comunitarios o gastos que haya pagado, normalmente con el acuerdo o la representación exigible. Si el perjuicio deriva de un contrato, el plazo puede responder al régimen de las acciones personales; si se reclama responsabilidad extracontractual, el plazo puede ser distinto y más breve. Una reclamación extrajudicial fehaciente que identifique al responsable, los hechos y las partidas puede interrumpir la prescripción, pero no sustituye la prueba ni conviene dejarla para el final.
Cuando haya varios ocupantes identificados, un proceso penal abierto o dudas sobre quién causó cada desperfecto, la estrategia procesal debe revisarse antes de elegir entre acumular la responsabilidad civil o promover una demanda civil separada.
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Dudas habituales
¿Cómo se calcula el pago de daños y perjuicios?
Se suman reparación proporcionada, gastos necesarios, suministros y uso perdido que estén probados. Después se restan depreciación, pagos del seguro y duplicidades. Las costas no se suman libremente porque dependen de la resolución judicial.
¿Cómo se calculan los daños materiales?
Se compara el estado anterior y posterior con acta, fotos, inventario y factura o peritaje. El importe debe cubrir una reparación equivalente, no una mejora. En elementos antiguos, la antigüedad puede reducir la cuantía.
¿Puedo pedir privación de uso sin alquiler?
Sí, si acreditas un valor razonable de mercado y el periodo de ocupación. Reúne entre tres y cinco anuncios comparables o una tasación. No la dupliques con una renta reclamada por los mismos días.
¿Puede la comunidad reclamar sus gastos?
Sí, puede pedir daños en elementos comunes, suministros comunitarios y reparaciones vinculadas a la ocupación. Necesita acuerdo o encargo, facturas y prueba del pago. Las cuotas ordinarias sin relación causal suelen tener más riesgo de rechazo.
¿Los honorarios de abogado son siempre costas?
No siempre se recuperan. Pueden entrar en tasación de costas si hay condena y dentro de los límites aplicables, pero el juzgado decide. La minuta no convierte por sí sola ese importe en indemnización.
¿Qué pasa si el ocupante no tiene bienes?
Puedes obtener una resolución y aun así no cobrar de inmediato si no hay bienes embargables conocidos. La ejecución de sentencia permite buscar cobro dentro de sus reglas, pero no crea solvencia. Valora coste, cuantía y datos del responsable antes de demandar.
¿Existe una calculadora o baremo oficial?
No existe un baremo UNESPA ni una calculadora de indemnizaciones de tráfico para daños tras ocupación . La cifra sale de pruebas concretas, depreciación y nexo causal. Una matriz propia es útil si cada casilla tiene documento de respaldo.
Cierra la cifra y reclama solo lo demostrable
Presenta una cuantía separada por conceptos, pruebas y vía de recuperación. Esa forma de reclamar permite al abogado, al seguro o al juzgado revisar cada euro sin adivinar qué incluye. También ayuda a negociar un abono parcial con un documento claro.
No infles la cuantía para dejar margen. Una reparación exagerada, un lucro cesante sin mercado acreditado o una factura sin relación visible debilitan el conjunto. El deber de mitigar el daño también aconseja reparar lo urgente y guardar las pruebas de que era necesario hacerlo.
Conserva la matriz, los originales y copias digitales durante todo el proceso. Si el caso llega a juicio verbal de recuperación posesoria, desahucio por precario u otro procedimiento, esta documentación permite decidir si conviene acumular la reclamación o formularla en una acción separada. La prudencia probatoria vale más que una suma rápida.